El Código Técnico de la Edificación entra en su recta final después de que el Gobierno lo remita al Consejo de Estado para su análisis e informe previo para su probación definitiva.
El segundo proyecto de Código Técnico de la Edificación fue ya remitido oficialmente por la antigua Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo del Ministerio de Fomento a los servicios de la Comisión Europea en Bruselas según se establece en el Real Decreto 1337/1999 de 31 de julio, por el que se regula la remisión de información en materia de normas y reglamentaciones técnicas y de las reglas relativas a los servicios de la sociedad de la información, en aplicación de la Directiva del Consejo de 28 de marzo, 98/34/CE.
La demora en la Publicación del Código Técnico de la Edificación ha sido en gran parte causada a instancia de los principales agentes de la edificación (arquitectos, arquitectos técnicos y promotores) para garantizar la compatibilidad transversal de las normas que regulan las distintas materias, de modo que un edificio las cumpla todas, simultáneamente.
Ha sido preciso instaurar el concepto de un Código dinámico y no estático, ya que como el progreso tecnológico es incesante, ha de ser siempre posible introducir en el Código los avances que se van consolidando; en otras palabras, el Código no puede ser un libro encuadernado, sino una carpeta de hojas intercambiables. Por ejemplo, se ha estimado preferible no publicar la nueva normativa acústica hasta que la investigación pre-normativa que se está llevando a cabo a tamaño real haya dado sus frutos.
El Código va a permitir además unificar los criterios técnicos entre los diversos Poderes Públicos de forma que las mejoras se establezcan, se hagan teniendo en cuenta los análisis técnico-ecónomicos que justifiquen dichas mejoras. Así mismo va a incorporar varias de las previsiones de ahorro energético necesarias para el cumplimiento de los compromisos de Kyoto.